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Ley de Estadounidenses con Incapacidades (ADA)

  Aviso Público

Ley de Estadounidenses con Incapacidades (ADA por siglas en inglés)

Derechos de los Individuos Calificados con Incapacidades

El Distrito Escolar Primario de la Unión de Oakley no:

  • Niega los beneficios de los programas, servicios y/o actividades del distrito escolar a las personas calificadas con una incapacidad por motivo de una incapacidad.
  • Discrimina, por motive de la incapacidad,
  • Proporciona programas, servicios o actividades separadas, desiguales o diferentes, a menos que los programas separados o diferentes sean necesarios para asegurar que los beneficios y servicios sean igualmente eficaces.

El Distrito Escolar Primario de la Unión de Oakley opera sus programas de modo que, cuando se ven en su totalidad, son fácilmente accesibles o utilizables para personas con incapacidad. A los estudiantes con incapacidad no se les cobrarán cuotas adicionales para participar en programas, servicios y actividades del Distrito.

De conformidad con la Sección 35.106 de la Ley de Estadounidenses con Incapacidades, se recomienda y avisa a todos los estudiantes, los padres, participantes, solicitantes, y personas interesadas que el Coordinador de ADA para el Distrito es:

Superintendente
91 Mercedes Lane
Oakley, CA  94561
(925) 625-0700, TTY (925) 625-6580
adacoordinator@ouesd.k12.ca.us


Procedimientos Uniformes de la Queja

Titulo 5 de las Regulaciones del Código de California requiere que los distritos adopten y proveen los Procedimientos Uniformes de la Queja para asistirle con las preguntas de acuerdo sus derechos sobre violaciones de las leyes y regulaciones gobernando los

Programas Consolidadas de Ayuda Categóricas, Educación Básica para los Adultos, Educación Vocacional, Cuidado y Desarrollo de Niños, Educación Especial, Educación Emigrante y Programas de Nutrición para los Niños (Cal. Code Regs., tit. 5, §§ 4622, 4652, 4671.)  Una copia de la redacción completa de la Notificación de No Discriminación y de Quejas y Políticas de Quejas está disponible bajo petición a la Oficina del Distrito, 91 Mercedes Lane, Oakley, CA 94561, (925) 625-0700, TTY (925) 625-6580; cualquier oficina escolar; el sitio Red del Distrito www.ouesd.k12.ca.us; o correo electrónico adacoordinator@ouesd.k12.ca.us.


Declaración de Acomodaciones

El Distrito de la Escuela Primaria de la Unión de Oakley anima a las personas con discapacidades de participar en sus programas y actividades.  Los individuales que requieren acomodaciones especiales (interprete de Lenguaje de Signos Estadounidenses, leyedor, aparato asistido para oír, tomador de notas, texto grabado, el Braille o materias de imprenta grande, asientos accesibles, etc.) deben ponerse en contacto con la oficina del Superintendente.  Si usted anticipa que va necesitar cualquier tipo de acomodación o tiene preguntas sobre el acceso físico proveído, favor de ponerse en contacto con Heather Partida al 925-625-5050 o hpartida@ouesd.k12.ca.us con anticipo de su participación o su visita.


Formatos Alternativos

Si usted tiene una incapacidad y necesita cualquier volante, forma, noticias, etc. del Distrito o de la escuela en un formato alternativo; por favor póngase en contacto con Heather Partida al 925-625-5050, TTY (925) 625-6580 hpartida@ouesd.k12.ca.us al menos 48 horas antes de necesitar el documento. Ejemplos de posibles formatos alternativos son: Braille, Letra Grande, Correo-E y Grabaciones de Audio. Una lista extensa de formatos alternativos está disponible bajo petición a la Oficina del Distrito, 91 Mercedes Lane, Oakley, CA 94561, (925) 625-0700, TTY (925) 625-6580; cualquier oficina escolar; el sitio Red del Distrito www.ouesd.k12.ca.us; o correo electrónico adacoordinator@ouesd.k12.ca.us.


Ambiente Educativo Menos Restrictivo y Escuelas Vecinas

En cada reunión del PEI, se requiere que el equipo considere una serie de opciones para el servicio, empezando por el menos restrictivo. Su trabajo consiste en determinar qué combinación de servicios proporciona los beneficios requeridos con la menor restricción en el contexto. La ley federal requiere que la colocación sea lo más cercano a la casa del niño, y que el niño sea educado en la escuela a la que asistiría si él o ella no tuviera una incapacidad, a menos que el equipo del PEI determine que el niño requiere algunos otros acomodos.


No Discriminacion – Ley Federal

Titulo VI del Acto de Derechos Civiles de 1964 y Título IX de Enmiendas de Educación de 1972 prohíben la discriminación en base de raza, color, origen nacional, o sexo en programas o actividades de educación financiada federalmente. El Distrito no discrimina en la admisión o acceso a sus programas o actividades.  Cualquier pregunta o preocupación sobre el incumplimiento puede ser dirigida al Superintendente al 91 Mercedes Lane, Oakley, CA  94561 o (925) 625-0700 TDD/TTY (925) 625-6580.  (34 C.F.R. §§ 100.6, 106.9.)


No Discriminacion– Ley Estatal

La discriminación es prohibido  en cualquier programa el cual recibe ayuda financiera del estado en base del sexo actual o percibido, genero, edad, grupo étnico (incluyendo las habilidades del lenguaje Ingles), color, raza, origen nacional, linaje, religión, discapacidad mental o física, orientación sexual, o porque una persona es percibida con uno o más de las características antedichas. Las quejas pueden ser presentadas al  Superintendente en el 91 Mercedes Lane, Oakley, CA, 94561, bajo el Procedimiento Uniforme de la Queja.  (Ed. Code, §§ 200 and 220, Penal Code § 422.55, Govt Code §11135, 5 CCR 4622.)  . 


No Discriminacion – Personas con Discapacidades

Sección 504 del Acto de Rehabilacion de 1973 y el Acto de Americanos con Dispacidades prohíbe la discriminación sobre personas calificadas con discapacidades en programas o actividades de educación financiadas federalmente. El Distrito no discrimina en la admisión o acceso a sus programas o actividades.  Por favor de ponerse en contacto con Maria Bordanaro, la Coordinadora del Programa 504 del Distrito, en 91 Mercedes Lane, Oakley, CA 94561 con cualquier pregunta.  (34 C.F.R. § 104.8; 28 C.F.R. § 35.106.)


Transporte de Educación Especial

El Distrito vigilará los horarios de transporte para los estudiantes con discapacidades para asegurar que la duración del transporte no sea muy larga y que la duración de la jornada escolar no sea más corta, en promedio, que la de los estudiantes sin discapacidades. Póngase en contacto con Colleen Jine al (925) 625-7060, TTY (925) 625-6580, cjine@ouesd.k12.ca.us respecto a inquietudes o quejas relacionadas con el transporte de educación especial. El Distrito investigará las preocupaciones y quejas de conformidad con el proceso de quejas.


Evacuación de Emergencia - Estudiantes con Incapacidades

El Distrito se compromete a garantizar la seguridad de todos los estudiantes. Como tal (a) se le pedirá al padre/tutor si existe cualquier necesidad específica de evacuación en caso de emergencia para el estudiante con incapacidad en la reunión anual del PEI, y (b) el procedimiento de necesidades específicas de emergencia será documentado en la Página de notas durante la reunión del PEI. Póngase en contacto con Colleen Jine al (925) 625-7060, TTY (925) 625-6580, cjine@ouesd.k12.ca.us para preguntas o inquietudes con respecto a las necesidades de evacuación en emergencia de los estudiantes con incapacidades. El Distrito investigará las inquietudes y quejas de conformidad con el proceso de quejas.


Acomodaciones Físicas

Bajo IDEA (Ley de Individuos con Incapacidad) y la Sección 504 (Ley de Rehabilitación), los individuos con necesidades especiales pueden calificar para recibir ya sea un Plan Educativo Individualizado (PEI) en Educación Especial o un Plan 504. Si la persona con necesidades excepcionales cumple con los criterios de elegibilidad y él/ella requiere servicio de Educación Especial o acomodo bajo un Plan 504, el estudiante tiene derecho a acomodaciones físicas con el fin de tener acceso al currículo, y/o a las actividades no académicas y/o extra-curriculares.

Las acomodaciones físicas serán discutidas en cada reunión de PEI o 504. Las acomodaciones están provistos de acuerdo con la determinación del equipo de PEI o 504 del estudiante de la necesidad requerida. Los padres de un estudiante y/u otro miembro del equipo puede solicitar un arreglo especial para el estudiante en cualquier momento, incluso durante las reuniones del PEI o 504.

Si es necesario para tener acceso al currículo, y/o a las actividades no académicas y/o extracurriculares, las acomodaciones pueden incluir, pero no están limitadas a lo siguiente: Movilidad, silla modificada, tabla inclinada, asientos preferenciales, tiempo adicional entre clases y el almuerzo, etc. Para una lista más amplia de posibles acomodaciones y procedimientos para solicitar un acomodo durante el año escolar, por favor visite la Oficina del Distrito, 91 Mercedes Lane, Oakley, CA 94561, (925) 625-0700, TTY (925) 625-6580; cualquier oficina escolar; el sitio Red del Distrito www.ouesd.k12.ca.us; o correo-e adacoordinator@ouesd.k12.ca.us.


Información Adicional, Dudas o Preguntas

Oficina de Distrito, 91 Mercedes Lane, Oakley, CA 94561, (925) 625-0700, TTY (925) 625-6580 ubicado en la Oficina del Distrito; cualquier oficina escolar; sitio Red del Distrito www.ouesd.k12.ca.us; o correo-e adacoordinator@ouesd.k12.ca.us